Los supervivientes sin derecho a pensión de viudedad pueden cobrar una prestación temporal de la misma cuantía, pero solo durante dos años
Ante la muerte del cónyuge o de la pareja de hecho, el sistema de la Seguridad Social contempla una protección para la persona que sobrevive, dado que pierde una parte de los ingresos con la que la unidad familiar hacía frente a toda una serie de gastos que no van a desaparecer. En la mayoría de los casos ahí aparece la figura de la pensión de viudedad, aunque para percibirla hay que cumplir algún que otro requisito.