El reglamento de Transportes para que Renfe vuelva a reembolsar los retrasos a partir de 15 minutos no tiene fecha dos meses después
Han pasado casi dos meses desde que Renfe debería haber retresado a su anterior sistema en el que empezaba a devolver parte del importe del billete a partir de los 15 minutos de demora y también de que el ministro de Transportes, Óscar Puente, se escudara en la necesidad de desarrollar esta disposición, que figuraba en la Ley de Movilidad Sostenible, en un reglamento sobre el que de momento no hay fecha para su aprobación. Según apuntan fuentes de su Ministerio, ya se ha empezado a redactar y no será solo un reglamento, sino varios, que de momento no se sabe cuándo verán la luz.
La Organizacion de Consumidores y Usuarios (OCU) ha exigido por carta el Ministerio de Transportes "la publicación inmediata del desarrollo del reglamento", que a instancias de un informe de la Abogacía del Estado, Puente tomó a finales de diciembre como el escudo frente a lo que preveía la Ley de Movilidad Sostenible, que a partir del 1 de de enero Renfe debía volver a su anterior compromiso de puntualidad, que reembolsaba el 50% del billete a partir de un retraso de 15 minutos y del precio total a partir de media hora. Esto cambió en julio de 2024, cuando pasó al sistema que aplican Ouigo e Iryo y limitó la devolución del 50% a los retrasos a partir de la hora y del 100% a partir de la hora y media.
Puente se revolvió en contra de que la Ley de Movilidad Sostenible contemplara la vuelva al sistema original, al incorporar una enmienda del PP que fue apoyada también por Vox, Junts, ERC y PNV. Desde el minuto uno, aseguró que junto con Renfe buscaría la "fórmula jurídica" para evitar algo que considera que deja en desigualdad de condiciones a Renfe para competir con Ouigo e Iryo, al hacerle pagar más dinero por sus demoras.
No un solo reglamento, sino varios
La 'solución' de Transportes llegó solo un día antes de que entrara en vigor esta disposición. El 31 de diciembre, Puente anunció que la Abogacía del Estado había determinado que no era posible hasta que no se desarrollara en un reglamento que, casi dos meses después, la OCU le exige por carta. En Transportes aseguran que ya se está redactando según los "plazos previstos".
Lo que prepara Transportes, todavía sin fecha de aprobación, no es solo un reglamento, sino "varios". En diciembre, el ministro apuntó también a una modificación de la Ley del Sector Ferroviario, aunque le auguró poco recorrido, al considerar que tanto el Consejo de Estado como la CNMC "serán contrarios" en sus preceptivos informes porque "la ley incumple la Constitución", al imponer a Renfe condiciones distintas que a sus competidoras al obligar a la española a indemniazr por retrasos por los que Ouigo e Iryo no deben responder.
En todo caso, la OCU ha insta al Miniterio a que cumpla su compromiso de desarrollo reglamentario, a pesar de que considera que "no es necesario". "Igual que cuando se modificó [en julio de 2024] se hizo sin ninguna modificación reglamentaria, ahora el Gobierno podría perfectamente pedir a Renfe que modifique el compromiso de puntualidad a como estaba antes", apunta el portavoz de la OCU, Enrique García, tras el envío de una carta en el que esta organización denuncia que "el Ministerio de Transportes se excusa en el desarrollo reglamentario, no necesario, para eximir su cumplimiento, lo que está impidiendo que miles de usuarios reciban las compensaciones que la ley ya reconoce".
"El Gobierno no puede desoír un mandato legal tan claro. Cada día que pasa, miles de viajeros están perdiendo un derecho reconocido por ley. Es imprescindible actuar ya", dice en su carta.
Hasta que no haya un reglamento específico, los pasajeros de Renfe solo serán reembolsados a partir de demoras de una hora con el 50% del importe del billete y no tendrá el reembolso total si la demora es menor a hora y media, tal y como informa la propia operadora en su página web. "Mientras dicho desarrollo no se produzca, resulta aplicable el régimen vigente. En consecuencia, Renfe continuará aplicando su actual política de indemnizaciones".
Compensaciones suspendidas indefinidamente
A la espera de ver cuándo yo de qué manera se modifica el régimen de compensación por retraso de Renfe -quizá, aplicándolo también a sus competidoras, Ouigo e Iryo, como empiezan a apuntar algunas voces en Transportes-, la OCU carga contrs otra decisión que devuelve la cuestión mucho más a la casilla de salida. La que el mes pasado tomaron Renfe e Iryo para dejar en suspenso a partir del 31 de enero el pago de indemnizaciones por retraso en los corredores de Alta Velocidad Madrid-Barcelona y Madrid-Valencia debido a las limitaciones temporales de velocidad (VLT) que empezó a fijar Adif en mayor medida después del accidente de Adamuz.
Se ampararon en un reglamento europeo que exime de a las operadoras ferroviarias de pagar compensaciones por retraso cuando se deba a "circunstancias extraordinarias ajenas a la explotación ferroviaria" que Renfe e Iryo consideraron que se da en la situación actual, con las limitaciones fijadas por Adif. Sin embargo, la OCU advierte de que dejar de pagar a los pasajeros que sufren retrasos no es lo que establece la norma europea. Fuera de "fenómenos meteorológicos extremos" o "crisis de salud pública", las limitaciones de velocidad serían un motivo por el que Renfe e Iyo pasaran a Adif la factura de las indemnizaciones por esta causa, pero siempre que se hubieran pagado a los pasajeros.
"LA OCU considera que esta situación supone un incumplimiento evidente de una obligación legal y un serio perjuicio para los viajeros, especialmente en un contexto marcado por el aumento de retrasos y cancelaciones derivado de los recientes incidentes en la red ferroviaria", dice esta organización que, en todo caso, apunta que esta segunda decisión de suspender las compensaciones "no paraliza la eficacia de una ley" en lo relativo a la vuelta por parte de Renfe a las compensaciones a partir de los 15 minuto.
Por su parte, Renfe e Iryo no tienen en el horizonte más fecha para retomar la indemnización a sus pasajeros, más allá de que "se normalice la situación" de la circulación ferroviaria, apuntan en Renfe. Iryo se limita a recordar que es Adif quien fija las limitaciones de velocidad y a señalar que se informará si hay algún cambio.
Mejor información sobre los derechos de los pasajeros
La carta al Ministerio de Transportes que ha difundido la OCU este lunes es la segunda cita de Puente con organizaciones de defensa de los consumidores. El viernes pasado, mantuvo una reunión en el Ministerio con los representantes de Facua, que le pidieron una mejora de los protocolos de información de aerolíneas y operadoras ferrovirias a los pasajeros, porque solo "un porcentaje muy reducido" sabe cuándo puede reclamar indemnizaciones.
Facua recuerda que la legislación de la UE en esta materia también obliga a Aena y a Adif, los gestores de la infraestructura aérea y ferroviaria y dependientes del Ministerio, y planteó a Puente, por ejemplo que los pasajeros reciban información de la indemnización que tienen derecho a reclamar en los mensajes de WhatsApp y en los correos electrónicos que reciben cuando compran un billete de avión o de tren.
Esta información también debería ofrecerse, añade Facua, en carteles y en las pantallas de los aeropuertos y estaciones que informan sobre el estado de los vuelos y los trenes.